Lo primero que debes hacer para sacar tu patente comercial es informarte acerca del Plano regulador de la comuna, en donde se determinan si tu operación comercial es compatible con la zona, por eso la Patente comercial se tiene que obtener antes de instalarse el negocio.
Documentos para obtener patente comercial
Para obtener una patente comercial o de alcoholes debes presentar en la Unidad de Rentas y Patentes en la municipalidad de cada comuna los siguientes documentos:
- Solicitud por escrito de la Patente
- Fotocopia del R.U.T.
- Contrato de Arriendo o acreditar dominio del terreno.
- Fotocopia Escritura Sociedad (Cuando es Empresa o Sociedad)
- Poder Legal de Representación (Cuando es Empresa o Sociedad)
- Croquis de ubicación simple (para poder llegar al Local Comercial)
- Certificado de la Dirección de Obras Municipales, Sobre Factibilidad Trámite Patente y uso compatible por el giro solicitado (Recepción final de la Obra) (Certificado de Destino).
- Certificado de Capital Propio.
- Copia Iniciación de Actividades (S.I.I.)
- Expendio de alimentos perecibles: Resolución Sanitaria emitida por la Secretaría Reg. Ministerial de Salud (Seremi) de la región.
Patente comercial para comenzar una empresa en Chile
En la Comuna de Providencia debido a la contingencia el trámite para la solicitud de patente comercial se realiza exclusivamente de forma online en providencial.cl. Si tienes problemas o dudas en el ingreso de su solicitud, favor escribir al correo electrónico: rentas.web@providencia.cl.
Como requisito se pide presentar todos los documentos y permisos requeridos, tanto de orden sanitario, como de emplazamiento según las normas de zonificación del Plan Regulador, y otros permisos que leyes especiales les exigieren, según sea el caso.
Para acreditar contribuyente se pide: Fotocopia Cédula de Identidad (Persona Natural), Fotocopia RUT Sociedad o E-RUT y Cédula de Identidad del Representante Legal (Contribuyente Persona Jurídica), Poder ante Notario Público, en caso de que quien firme la Solicitud de Patente no sea el contribuyente o su representante legal.
Para acreditar la constitución de la sociedad por escritura pública se pide: Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones, si las hubiere, Extracto y publicación en Diario Oficial, tanto de la escritura pública de constitución de sociedad como de sus modificaciones, si es que las hubiere, Copia de Inscripción con Vigencia del Registro de Comercio, no superior a 90 días, desde su fecha de emisión.
Para acreditar la constitución de la sociedad por constitución Empresa en un día se pide: Certificado de Estatuto Actualizado, con su texto, no superior a 60 días, desde su fecha de emisión, Certificado de Anotaciones, no superior a 60 días desde su fecha de emisión, Certificado de vigencia, no superior a 60 días desde su fecha de emisión.
Para acreditar antecedentes tributarios se pide: Declaración Jurada de Inicio de Actividades ante el SII, con timbre electrónico o manual, Apertura de sucursal SII (Formulario de actualización y modificación de la información ante el SII), Certificado de Distribución de Capital, emitido en la comuna de la casa matriz, si ésta se encuentra fuera de Providencia, Formulario 22 Compacto Y Certificado Solemne (desde la instalación en la comuna a la fecha), Recepción de aviso cambio de domicilio ante el SII (ONLINE) desde la COMUNA DE ORIGEN A PROVIDENCIA o cambio de domicilio histórico con fechas (solicitado directamente en oficinas del SII), Boletín de último pago de Patente en la comuna que proviene. Art. 29 DL Nº 3.063/79, Certificado de No Deuda por concepto de patentes de la comuna que proviene. Art. 29 DL Nº 3.063/79.
Para acreditar el uso legítimo del inmueble se pide:
- PROPIETARIO: Certificado de Dominio Vigente del mismo, emitido por el Conservador de Bienes raíces, con vigencia máxima de 90 días.
-
ARRENDATARIO: Contrato de arrendamiento con firma autorizada ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, a nombre del arrendador.
Si el arrendador es PERSONA JURÍDICA se deberá acreditar la personería de la persona natural que actúe en representación de la misma. - SUBARRENDATARIO: Contrato de Arriendo primitivo, en el cual no se contenga la prohibición de subarrendar o ceder el uso y goce en todo o parte; más contrato de subarriendo y anexos si hubiere.
- AUTORIZACIÓN DE USO/CESIÓN/COMODATO: Autorización de uso, Cesión o Comodato, ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, para acreditar que el autorizante, cedente o comodatario sea efectivamente el propietario del inmueble.
Para antecedentes dirección de obras municipales se pide:
- Certificado de Recepción Definitiva del inmueble o Decreto de Cambio de destino, cuando corresponda, con DESTINO acorde con el giro requerido (Se solicita en el Departamento de Catastro, de 8:30 a 13:00 hrs)
- Certificado de Número, cuando la numeración solicitada no coincida con la de la Recepción Definitiva.
- Croquis (dibujo) con espacio a utilizar de la propiedad con destino habitacional (Solo artículo 145 LGUC). REQUISITOS ESPECIFICOS a) Resolución Sanitaria Favorable, emitida por la Autoridad Sanitaria (Seremi de Salud, ISP y/o SAG), y certificado de Cambio de Razón Social, si corresponde, para las actividades incluidas en el DFL N°1, de 1989, del Ministerio de Salud.
- Comprobante de Ingreso de solicitud de Informe Sanitario, si procede.
- Certificado de Calificación de Actividad Inofensiva, otorgado por la Autoridad Sanitaria o comprobante de ingreso.
- Carné de autorización del Ministerio de Salud (aplica para Cosmetólogas y Podólogas).
Para otros permisos Leyes Especiales Art. 26, letra d), Ley de Rentas Municipales, como:
- Autorización del Comité de Administración, inmueble acogido a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Se podrán solicitar otros documentos que aquí no se mencionan, por corresponder a giros o rubros más específicos, o bien requisitos que sean solicitados por la Dirección de Obras Municipales.
Valor de la patente comercial
El valor anual de la contribución de patente se determina aplicando una tasa de 5 por mil sobre el capital propio declarado ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), es decir, se debe multiplicar el monto del capital por 0,005, el que no podrá ser inferior a 1 UTM ni superior a 8.000 UTM. Este valor permite el ejercicio de la actividad en el año tributario que va desde el 1 de julio de un año y el 30 de junio del año siguiente.
El valor calculado de patente si bien es anual, el pago se efectúa en dos cuotas semestrales (cada una de 0,025 del capital), la primera con vencimiento el 31 de julio de cada año, y la segunda, el 31 de enero del año siguiente. Esta última se reajusta según la variación del IPC, entre el 1° de junio y 30 de noviembre inmediatamente anterior.
A este valor se agrega el pago de Derechos de Aseo y otros permisos que se autoricen como publicidad o utilización de bien nacional de uso público.
Patente de alcoholes
Para la patente de alcoholes en la comuna de Providencia debido a la contingencia, le recomendamos que la solicitud sea realizada al correo: inforentas@providencia.cl, y como requisitos tenemos que:
Contar con la aprobación del Concejo Municipal, Presentar todos los documentos y permisos requeridos, tanto de orden sanitario, como de emplazamiento según las normas de zonificación del Plan Regulador, y otros permisos que leyes especiales les exigieren, según sea el caso, No encontrarse afecto a las inhabilidades señaladas en el art. 4° de la Ley N° 19.925.
Acreditación contribuyente
También son necesarios documentos. Para acreditar contribuyente se pide:
- Fotocopia Cédula de Identidad (Sólo Socios Extranjeros).
- Fotocopia RUT Sociedad y Cédula de Identidad del Representante Legal (Persona Jurídica).
- Certificado de antecedentes de los Socios (si procede)
- Certificado del Gerente General de la composición del directorio (Sociedades Anónimas y SpA que se encuentren administrados por un Directorio)
- Declaración Jurada de no encontrarse afecto a las inhabilidades señaladas en el art. 4° de la Ley N° 19.925 (o de los socios si procede)
Para acreditar la constitución de la sociedad por escritura pública se pide:
- Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones posteriores, si las hubiere.
- Extracto y publicación en Diario Oficial, tanto de la escritura pública de constitución de sociedad como de sus modificaciones, si es que las hubiere.
- Copia de Inscripción con Vigencia del Registro de Comercio, no superior a 90 días, desde su fecha de emisión.
Para acreditar la constitución de la sociedad por Empresa en un día se
- Certificado de Estatuto Actualizado, con su texto, no superior a 60 desde su fecha de emisión.
- Certificado de Anotaciones, no superior a 60 desde su fecha de emisión.
- Certificado de Vigencia, no superior a 60 desde su fecha de emisión.
Para acreditar antecedentes tributarios se pide:
- Declaración Jurada de Inicio de Actividades ante el SII, con timbre electrónico o manual.
- Para apertura de sucursal, Formulario de actualización y modificación de la información ante el SII.
- Para apertura de sucursal, Certificado de Distribución de Capital, emitido en la comuna de la casa matriz.
- Formulario 22 Compacto Y Certificado Solemne (desde la instalación en la comuna a la fecha).
- Recepción de aviso cambio de domicilio ante el SII (ONLINE) desde la COMUNA DE ORIGEN A PROVIDENCIA o cambio de domicilio histórico con fechas (solicitado directamente en oficinas del SII).
- Boletín de último pago de Patente en la comuna que proviene. Art. 29 DL Nº 3.063/79.
- Certificado de No Deuda por concepto de patentes de la comuna que proviene. Art. 29 DL Nº 3.063/79.
Para acreditar el uso legítimo del inmueble se pide:
- PROPIETARIO: Certificado de Dominio Vigente del mismo, emitido por el Conservador de Bienes raíces, con vigencia máxima de 90 días.
- ARRENDATARIO: Contrato de arrendamiento con firma autorizada ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, a nombre del arrendador.
Si el arrendador es PERSONA JURÍDICA se deberá acreditar la personería de la persona natural que actúe en representación de la misma.
- SUBARRENDATARIO: Contrato de Arriendo primitivo, en el cual no se contenga la prohibición de subarrendar o ceder el uso y goce en todo o parte; más contrato de subarriendo y anexos si hubiere.
- AUTORIZACIÓN DE USO/CESIÓN/COMODATO: Autorización de uso, Cesión o Comodato, ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, para acreditar que el autorizante, cedente o comodatario sea efectivamente el propietario del inmueble.
Para los antecedentes de la Dirección de obras municipales se pide:
- Certificado de Recepción Definitiva del inmueble o Decreto de Cambio de destino, cuando corresponda, con DESTINO acorde con el giro requerido (Se solicita en el Departamento de Catastro, de 8:30 a 13:00 hrs).
- Certificado de Número, cuando la numeración solicitada no coincida con la de la Recepción Definitiva.
Para los permisos sanitarios se pide:
- Resolución Sanitaria Favorable, emitida por la Autoridad Sanitaria (Seremi de Salud, ISP y/o SAG), y certificado de Cambio de Razón Social, para las actividades incluidas en el DFL N°1, de 1989, del Ministerio de Salud.
- Comunicación de Inicio de actividades en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Para otros permisos Leyes Especiales Art. 26, letra d), Ley de Rentas Municipales, como:
- Autorización del Comité de Administración, inmueble acogido a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Se podrán solicitar otros documentos que aquí no se mencionan, por corresponder a giros o rubros más específicos, o bien requisitos que sean solicitados por la Dirección de Obras Municipales.
Solicitud de la patente de alcoholes:
LETRA A: DEPOSITO DE BEBIDAS ALCOHOLES 1 U.T.M.
LETRA B:
-
- HOTELES, ANEXO DE HOTELES 0,7 U.T.M.
- CASA DE PENSION O RESIDENCIALES 0,6 U.T.M.
LETRA C: RESTAURANT DIURNO Y NOCTURNO 1,2 U.T.M.
LETRA D
-
- CABARET 3,5 U.T.M.
- PEÑAS FOLCLORICAS 3 U.T.M.
LETRA E: CANTINA, BARES, PUBS Y TABERNAS 2 U.T.M.
LETRA F: EXPENDIO DE CERVEZA O SIDRA DE FRUTA 0,5 U.T.M.
LETRA G: QUINTA DE RECREO O SERVICIOS AL AUTO 3,5 U.T.M.
LETRA H: MINIMERCADO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS 1,5 U.T.M.
LETRA I:
-
- HOTEL DE TURISMO 5 U.T.M.
- HOSTERIA DE TURISMO 3 U.T.M.
- MOTEL DE TURISMO 2 U.T.M.
- RESTAURTANT DE TURISMO 4 U.T.M.
LETRA J:
-
- a) DISTRIBUIDORA VINO, LICORES, CERVEZA AL POR MAYOR 1,5 U.T.M.
- b) EMPRESAS PRODUCTOREAS Y EXPORTADORAS DE VINO, PISCO Y CERVEZA 3 U.T.M.
LETRA K: CASAS IMPORTADORAS DE VINOS O LICORES 0,5 U.T.M.
LETRA L: AGENCIA DE VIÑAS O INDUSTRIAS FUERA DE LA COMUNA 1 U.T.M.
LETRA M: CIRCULOS O CLUBES SOCIALES CON PERSONA JURIDICA 1 U.T.M.
LETRA N: DEPOSITOS TURISTICOS 3 U.T.M.
LETRA Ñ: SALONES DE TE O CAFETERIAS 0,5 U.T.M.
LETRA O: SALONES DE BAILE O DISCOTECAS 2 U.T.M.
LETRA P: SUPERMERCADO 3 U.T.M.
LETRA Q: SALONES DE MUSICA EN VIVO 3,5 U.T.M.
Valor de la patente comercial
La patente comercial se puede pagar totalmente en julio de cada año, o en dos cuotas: la primera en julio y la segunda en enero del siguiente año. El pago de la primera cuota semestral sería entre el 1 y el 31 de julio de cada año, y la segunda se pagaría entre el 1 y 31 de enero de cada año.
http://dac.providencia.cl/PortalVecinoDav/ControlUsuario/FaqRentas
Para pagar tus patentes municipales de la comuna de Providencia debes ingresar a este link: https://pago.smc.cl/pagoPCv3/Login.aspx?ReturnUrl=%2fpagoPCv3%2fSistema%2fPrincipal.aspx
Para pagar tus patentes comerciales de la comuna de Ñuñoa debes ingresar a este link: https://www.proexsi.cl/Nunoa/patente_comercial/principal.asp
Para pagar tus patentes municipales de la comuna de Santiago debes ingresar a este link: https://tramites.munistgo.cl/pagopatente/
Iniciar tu empresa suena aterrador, pero suena mucho mejor iniciar tu empresa en un día
Primero debes completar un formulario electrónico con los datos de la sociedad y la información de los socios que la integran, quienes podrán firmar a través dos modalidades:
- Firma Electrónica Avanzada (FEA): cada socio puede firmar desde su computador utilizando un dispositivo electrónico llamado token (similar a un pendrive), más una contraseña.
- Firma a través de notario: si los socios no cuentan con FEA, pueden suscribir sus firmas manuscritas ante un notario, quien tendrá que firmar con su FEA el formulario.
Una de las ventajas de esta modalidad es que las personas interesadas pueden modificar, transformar, fusionar, dividir, disolver, rectificar y sanear una empresa o sociedad. Va dirigido a personas naturales y jurídicas, entonces, ¿Qué necesitas para hacer este trámite?
Necesitarás la Firma Electrónica Avanzada, la cual permite certificar cualquier documento y/o instrumento privado o público celebrado por medios electrónicos, otorgándole el mismo reconocimiento, protección y valor que tienen los actos y contratos celebrados en papel, pero es solo si la posee. Asimismo, necesitarás tu Clave Única.
Primero debes ir a este sitio web:https://www.registrodeempresasysociedades.cl/, completar tu RUT y contraseña. Si no estás registrado debes crear tu cuenta, también puedes ingresar con clave única.
Al ingresar debes seleccionar el tipo de sociedad, ingresar los datos de esta y de los socios y adjuntar los antecedentes requeridos. Los socios deben firmar el formulario con su Firma Electrónica Avanzada.
Dato: Si todos no cuentan con la Firma Electrónica Avanzada, deben dirigirse a una notaría con el número de atención asignado por el portal, para firmar presencialmente el documento.
Como resultado del trámite, habrá solicitado la constitución de su empresa. La información será enviada al Servicio de Impuestos Internos (SII) para la asignación automática de un RUT. Agregar que este trámite no tiene costo, sin embargo, los socios que no cuenten con Firma Electrónica Avanzada tendrán que pagar los costos notariales.
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Te apoyaremos en el proceso y te orientaremos para hacer crecer tu negocio.
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